Si vas a empezar una obra (reforma, vivienda, nave industrial, etc.), tarde o temprano aparece la misma pregunta: ¿qué es exactamente el Plan de Seguridad y Salud? Y, más importante todavía: ¿para qué sirve y quién tiene que hacerlo?
Un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo (PSS) es el documento que organiza de forma práctica cómo se van a prevenir los riesgos en una obra concreta: qué trabajos se van a realizar, qué peligros hay en cada fase, qué medidas se van a aplicar y quién es responsable de qué. En España, el marco base está en el Real Decreto 1627/1997 sobre seguridad y salud en obras de construcción.
Qué es un Plan de Seguridad y Salud, explicado “sin humo”
El Real Decreto 1627/1997 establece que cada contratista, aplicando el Estudio de Seguridad y Salud (o el Estudio Básico), debe elaborar un plan donde se analicen, estudien, desarrollen y complementen esas previsiones según su forma real de ejecutar la obra.
Dicho de forma sencilla:
- El proyecto dice “qué hay que hacer”.
- El estudio/estudio básico dice “qué riesgos hay y qué medidas se prevén”.
- El plan (PSS) concreta “cómo lo va a hacer esta empresa en esta obra, con sus medios, su planificación y sus procedimientos”.
Por eso el PSS no debería ser un “copia-pega”: tiene que aterrizar en obra.
Diferencia entre “Estudio/Estudio Básico” y “Plan de Seguridad y Salud”
Este punto evita muchos líos:
- Estudio de Seguridad y Salud / Estudio Básico: lo prepara el técnico designado por el promotor (y, si corresponde, el coordinador durante proyecto). Marca el marco preventivo del proyecto.
- Plan de Seguridad y Salud (PSS): lo elabora el contratista antes de iniciar los trabajos, adaptándolo a su sistema de ejecución.
Piensa en el estudio como “la teoría del proyecto” y en el plan como “la práctica de obra”.
¿Quién redacta el plan y quién lo aprueba?
Según el RD 1627/1997:
- Lo redacta: el contratista.
- Lo aprueba: el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución, antes del inicio de la obra. Si no hay coordinador, esa función la asume la dirección facultativa.
- En obras de Administraciones públicas, el plan se eleva para aprobación a la Administración adjudicadora con informe del coordinador.
Además, el plan puede modificarse durante la obra si cambian las condiciones, pero siempre con aprobación expresa.
En la práctica, el Plan de Seguridad y Salud se elabora antes del inicio de la obra cuando existe contratista y hay que organizar la prevención según cómo se va a ejecutar. Suele ser obligatorio cuando hay proyecto y concurren empresas o trabajadores en obra, especialmente si existe coordinador de seguridad y salud. Si tienes dudas, lo más seguro es confirmarlo con la dirección facultativa y el coordinador antes de empezar.
- Obras con proyecto y empresa contratista.
- Reformas y obras con varias empresas o subcontratas.
- Trabajos con riesgos relevantes (altura, demoliciones, excavaciones, izados, etc.).
- Obras donde se designa coordinador de seguridad y salud.
¿Para qué sirve en obra “de verdad”?
El plan no es solo un PDF “para cumplir”. En obra es:
- El documento base para ordenar la identificación/evaluación de riesgos y la planificación preventiva en los puestos de trabajo.
- La referencia para el control y seguimiento (por ejemplo, el RD regula el Libro de Incidencias con fines de control del plan).
- Parte del circuito documental: la comunicación de apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral incluye el plan.
Errores típicos que hacen que te lo tumben (o que no sirva para nada)
Si quieres un plan que funcione (y que el coordinador pueda aprobar sin pelearse), evita esto:
- No está adaptado a la obra (plantilla genérica sin maquinaria, sin fases reales, sin medios).
- No coincide con el proyecto (plazos, sistema constructivo, medios auxiliares).
- No contempla riesgos críticos: alturas, huecos, excavaciones, interferencias, electricidad provisional, maniobras.
- No define organización y responsabilidades (quién revisa, quién forma, quién controla subcontratas).
- No aterriza protecciones colectivas (mucho EPI y poca ingeniería preventiva).
- Páginas de relleno sin procedimientos aplicables.
Como referencia técnica, el INSST publica una Guía técnica para evaluación y prevención de riesgos en obras de construcción.
¿Se puede hacer un Plan de Seguridad y Salud online y automatizado?
Sí, y tiene sentido si lo haces bien.
Un Plan de Seguridad y Salud online/automatizado no debería “inventar” riesgos: debe estructurar y acelerar el documento a partir de datos reales (tipo de obra, fases, maquinaria, subcontratas, riesgos especiales) y producir un plan coherente y revisable.
Lo inteligente de un enfoque automático es:
- Reducir tiempos en lo repetitivo (estructura, capítulos, tablas, anexos).
- Obligar a que el usuario aporte datos mínimos para que el plan sea “de obra”, no genérico.
- Dejar trazabilidad: qué cambió, por qué, y qué versión se aprobó.
Preguntas frecuentes
¿El Plan de Seguridad lo hace el coordinador?
No: lo redacta el contratista y lo aprueba el coordinador (o la dirección facultativa si no hay coordinador).
Si necesitas un plan de seguridad y salud listo para revisión, puedes gestionarlo online de forma rápida y ordenada. Crea tu plan aquí
¿Se puede modificar el Plan durante la obra?
Sí, pero con la aprobación correspondiente (coordinador o dirección facultativa).
¿Un plan “automático” vale para cualquier obra?
Si es genérico, no. Un sistema automatizado solo es útil si te obliga a aportar datos reales y genera un plan coherente con la ejecución.
